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DIRECTOR GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL DESACTIVA COMISIONES TÉCNICAS SECTORIALES DE PROTECCION CIVIL

San Salvador, 8 de diciembre de 2011
12:30 p.m.

El Secretario para Asuntos de Vulnerabilidad de la Presidencia de la República, Lic. Jorge Antonio Meléndez López, actuando en su calidad de Director General de Protección Civil, en vista que:

a) El número de personas albergadas  ha reducido considerablemente y puede ser atendido a nivel local,
b) El ingreso de asistencia humanitaria ha reducido significativamente,
c) La fase de emergencia o de impacto ha concluido y  las instituciones pueden atender en sus respectivas áreas de competencia,
d) Ya se ha iniciado la fase de Rehabilitación y Reconstrucción,
d) Las tareas de esta nueva fase, están siendo atendidas por el comité Nacional de Rehabilitación y Reconstrucción.

Por lo anterior emite las  siguientes instrucciones:

  1. Se desactivan las Comisiones Técnicas Sectoriales del Nivel Nacional de Logística,  Comisión de Albergues y Comisión  de Salud,  mismas que  deberán presentar el acta de cierre e informe a la Dirección General de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres a  más tardar el lunes 12 de diciembre del corriente año,
  2. Las acciones que actualmente realiza la Comisión Técnica Sectorial de Salud serán atendidas por el Ministerio de Salud, en coordinación con las instituciones que sean necesarias, a partir del viernes 9 de diciembre de 2011,
  3. La ayuda humanitaria  administrada por la Comisión Técnica Sectorial de Logística y que se encuentran en las bodegas de CIFCO, deberán entregarse a la Secretaría de Inclusión Social para su almacenamiento, resguardo y distribución con base a los procedimientos legales correspondientes.
  4. Los Albergues que hasta la fecha se encuentran habilitados, continuarán siendo  administrados por la Comisión Municipal de Protección Civil correspondiente quienes mantendrán el proceso de atención y procurarán su desactivación en la medida que se resuelvan las condiciones para que las personas retornen a sus condiciones de normalidad y control de sus vidas.
  5. A partir de esta fecha,  las Comisiones Municipales de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres, deberán dar seguimiento a la atención que se brinde en el proceso de rehabilitación y reconstrucción a las comunidades ubicadas dentro de su jurisdicción municipal y mantener informadas a las Comisiones Departamentales de Protección Civil respectivas y a esta Dirección General.

 

Publicado el 08-12-2011.

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