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Ref: MIGOBDT-DGPC/DAR/SEQ-MA/001/2026 DECLARATORIA DE ALERTA ROJA POR SEQUÍA METEOROLÓGICA Y AGRÍCOLA 25/AGOSTO/2026

FUNDAMENTOS

  1. La situación global provocada por el «Súper El Niño» mantiene bajo alerta climática histórica a la comunidad internacional. Las agencias meteorológicas como la NOAA y la Organización Meteorológica Mundial confirman un incremento de la temperatura superficial del mar en el Pacífico tropical superior a los 2 °C. Este calentamiento extremo altera los vientos y las corrientes de aire, liberando olas masivas de calor a la atmósfera que generan fenómenos hidrometeorológicos extremos que de forma errática y en algunos casos incontrolable, afectan el trópico mundial.
  2. Es deber del Estado salvaguardar la vida, integridad, bienestar, medios de subsistencia y seguridad alimentaria de la población, mediante la adopción oportuna de medidas de prevención, preparación y reducción del riesgo de desastres ante escenarios de amenaza de origen hidrometeorológico y climático;
  • Que la Dirección General de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres, en el marco de sus competencias legales y de los mecanismos nacionales de vigilancia, monitoreo y seguimiento de amenazas, mantiene una vigilancia permanente sobre las condiciones hidrometeorológicas y climáticas que puedan generar impactos progresivos, acumulativos o diferenciados sobre la población y los medios de vida;
  1. Que el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Dirección del Observatorio de Amenazas y Recursos Naturales, emitió la Perspectiva Nacional del Clima agosto–noviembre 2026, en la cual se establece que las condiciones estarán fuertemente influenciadas por el fenómeno de El Niño, con tendencia a su fortalecimiento hasta alcanzar una intensidad fuerte a muy fuerte hacia finales de 2026 e inicios de 2027;
  2. Que, de acuerdo con dicha Perspectiva, para el trimestre agosto–octubre 2026 se prevé un comportamiento de las precipitaciones predominantemente bajo lo normal, con anomalías negativas en la mayor parte del territorio nacional, estimándose un acumulado de 6 mm frente a un promedio de 939.0 mm;
  3. Que el pronóstico probabilístico señala mayor probabilidad de precipitaciones por debajo de lo normal en las zonas paracentral y oriental (70–90 %), mientras que para la zona central se estiman probabilidades entre 50–70 %, y para la zona occidental entre 40–50 %;
  • Que durante agosto y parte de septiembre de 2026 se prevé la recurrencia de períodos secos asociados a El Niño y a la extensión de la canícula, con probabilidad de entre 20–40 % de ocurrencia de al menos un evento de sequía meteorológica a escala nacional;
  • Que las condiciones observadas durante 2026 evidencian antecedentes recientes de déficit e irregularidad de las precipitaciones, incluyendo un déficit de 41 % en mayo, el inicio temprano de la canícula y tres eventos de sequía meteorológica, el último vigente desde el 7 de agosto con hasta 19 días secos consecutivos;
  1. Que adicionalmente se han registrado 14 récords de temperatura en agosto, alcanzando máximas de hasta 9 °C en Santa Rosa de Lima, lo que intensifica el estrés hídrico y la pérdida de humedad;
  2. Que la combinación de déficit de precipitación, recurrencia de períodos secos, temperaturas superiores a lo normal y la transición hacia la época seca incrementa los niveles de vulnerabilidad de la población, afectando disponibilidad de agua, producción agropecuaria, medios de vida y seguridad alimentaria;
  3. Que la transición hacia la época seca se prevé para la segunda quincena de octubre, con establecimiento pleno al final de octubre o inicios de noviembre, lo que requiere fortalecer anticipadamente las acciones de preparación y reducción del riesgo;
  • Que, si bien la probabilidad de lluvias extremas durante agosto–octubre se estima baja (20–30 %), no se descarta la ocurrencia de tormentas de corta duración con fuerte actividad eléctrica, por lo que las medidas deben considerar escenarios de déficit y eventos hidrometeorológicos simultáneamente;
  • Que, ante la naturaleza progresiva y acumulativa de los impactos asociados al déficit de precipitación y al estrés hídrico, resulta necesario fortalecer de manera anticipada las acciones de vigilancia, monitoreo, preparación, coordinación interinstitucional y protección de medios de vida;
  • Que, en consecuencia, las condiciones climáticas severas mundiales y particularmente las derivadas del fenómeno del niño en todo el trópico y subtrópico mundial, así como las perspectivas para los meses de agosto a noviembre de 2026 justifican la adopción y fortalecimiento de medidas preventivas, de preparación y de coordinación interinstitucional, con especial atención a los territorios con mayor exposición a déficit de precipitación y estrés hídrico.

EN VIRTUD DE LO ANTERIOR

En cumplimiento de las atribuciones legales conferidas por los artículos 22 y 23 de la Ley de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres, y el artículo 57 de su Reglamento General, y con fundamento en la evidencia técnica y científica generada por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el Ministerio de Agricultura y Ganadería, así como en los análisis derivados de los sistemas de vigilancia, monitoreo y evaluación permanente de las condiciones hidrometeorológicas y agroclimáticas del territorio nacional,

SE DECLARA ALERTA ROJA POR SEQUÍA METEOROLÓGICA Y AGRÍCOLA EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL

En los municipios y territorios del país con susceptibilidad alta y muy alta a déficit hídrico, estrés agrícola y afectación de medios de vida, especialmente en zonas comprendidas dentro del corredor seco nacional y demás áreas identificadas por las instituciones técnicas competentes.

 

DISPOSICIONES:

  1. Activación institucional

Activar las comisiones del Sistema Nacional de Protección Civil y los mecanismos nacionales, departamentales y municipales de coordinación para el seguimiento y atención de los efectos asociados a la sequía meteorológica y agrícola.

  1. Monitoreo técnico permanente

Las instituciones según sus competencias deben fortalecer y mantener el monitoreo hidrometeorológico, agroclimático e hidrológico permanente, mediante la vigilancia, análisis y actualización continua de las condiciones que puedan evidenciar la evolución de períodos secos, déficit hídrico y sus posibles impactos sobre la población, los sistemas productivos y los medios de vida, considerando como mínimo:

  1. Acumulados y distribución de la precipitación, identificando déficits, anomalías y variaciones espaciales y temporales;
  2. Períodos secos intraestacionales, mediante el seguimiento de su duración, intensidad, recurrencia y distribución territorial;
  3. Humedad del suelo, particularmente en zonas agrícolas y territorios con mayor exposición al déficit hídrico;
  4. Caudales, niveles y disponibilidad de los recursos hídricos, incluyendo fuentes destinadas al abastecimiento humano, uso agropecuario y otros usos prioritarios;
  5. Condiciones de los cultivos y sistemas productivos agropecuarios, identificando oportunamente signos de estrés hídrico, pérdidas, afectaciones y necesidades de atención;
  6. Seguridad alimentaria, medios de vida y condiciones socioeconómicas de la población, con especial atención a comunidades y territorios con mayor dependencia de la agricultura y mayor exposición al déficit hídrico;
  7. Integración y análisis de la información técnica disponible, para generar alertas, escenarios de evolución y recomendaciones que faciliten la adopción oportuna de medidas preventivas y de respuesta por parte de las instituciones competentes.
  1. Evaluación territorial de afectaciones

Evaluación territorial periódica

Instruir a las Comisiones Departamentales y Municipales de Protección Civil para realizar evaluaciones territoriales periódicas que permitan identificar, documentar y actualizar las condiciones de vulnerabilidad y los posibles impactos asociados al déficit hídrico, con especial atención a:

  1. Condiciones de vulnerabilidad de la población y territorios expuestos;
  2. Afectaciones agrícolas y pecuarias, incluyendo pérdidas, estrés hídrico y daños a los medios de vida;
  3. Disponibilidad y acceso al agua, particularmente para consumo humano, uso agropecuario y otras necesidades prioritarias;
  4. Necesidades prioritarias de la población, incluyendo requerimientos de asistencia, abastecimiento de agua, seguridad alimentaria y protección de medios de vida;
  5. Identificación de comunidades y sectores críticos, priorizando aquellos que presenten mayor exposición, vulnerabilidad o acumulación de impactos
  1. Medidas tempranas y mitigación

Implementar y fortalecer medidas tempranas, preventivas y de mitigación orientadas a anticipar, reducir y gestionar los impactos potenciales del déficit hídrico sobre la salud de la población, la disponibilidad y calidad del agua, los sistemas productivos y la seguridad alimentaria, priorizando los territorios, sectores y grupos de población con mayores niveles de exposición y vulnerabilidad, mediante:

  1. Fortalecimiento de la vigilancia epidemiológica y sanitaria, con énfasis en las enfermedades de origen hídrico y alimentario, así como en la identificación temprana de incrementos inusuales de casos, factores de riesgo y posibles efectos asociados a la reducción de la disponibilidad y calidad del agua.
  2. Implementación de acciones de promoción de la salud, higiene y manejo seguro del agua para consumo humano, dirigidas a hogares, comunidades e instituciones, incluyendo prácticas adecuadas de captación, tratamiento, almacenamiento, conservación y uso del agua.
  3. Implementación de medidas de protección y adaptación de cultivos y medios de vida, priorizando los sistemas productivos y comunidades con mayor exposición al déficit hídrico, mediante prácticas de manejo eficiente del agua, conservación de suelos y selección de alternativas productivas adaptadas a las condiciones climáticas.
  4. Fortalecimiento de las reservas, sistemas de almacenamiento y mecanismos de abastecimiento de agua, mediante acciones anticipatorias que permitan garantizar la disponibilidad para consumo humano y atender prioritariamente a las comunidades y poblaciones con mayor riesgo de desabastecimiento.
  5. Promoción del uso racional, eficiente y sostenible del recurso hídrico, mediante campañas de sensibilización, reducción y control de pérdidas, optimización de los sistemas de distribución y priorización de los usos esenciales, especialmente el consumo humano y las necesidades críticas.
  6. Fortalecimiento de la asistencia y el acompañamiento técnico al sector agropecuario, mediante recomendaciones y medidas oportunas para reducir los efectos del déficit hídrico sobre cultivos, ganado y demás sistemas productivos, incluyendo alternativas de manejo, adaptación y protección de los medios de vida.
  7. Implementación de medidas de protección de la seguridad alimentaria, mediante la identificación anticipada de necesidades, el seguimiento de la disponibilidad y acceso a alimentos, la protección de los medios de vida y la coordinación de mecanismos de asistencia, abastecimiento y distribución dirigidos a la población en mayor condición de vulnerabilidad.
  8. Fortalecimiento de los mecanismos de coordinación interinstitucional y territorial, para activar oportunamente las medidas preventivas y de mitigación, asegurar el intercambio de información y articular las acciones de las instituciones competentes, gobiernos locales, comunidades, sector privado y actores de cooperación.
  9. Establecimiento de mecanismos de seguimiento y activación temprana, utilizando información hidrometeorológica, sanitaria, agropecuaria y de disponibilidad de agua para identificar oportunamente el agravamiento de las condiciones de déficit hídrico y ajustar las medidas de respuesta y mitigación según la evolución del riesgo.
  10. Implementación de mecanismos de transferencias monetarias temporales y focalizadas para familias en condiciones de mayor vulnerabilidad, previo análisis de necesidades por impacto en sus medios de vida.
  1. Coordinación interinstitucional

Solicitar a las instituciones que integran el Sistema Nacional de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres fortalecer, actualizar e implementar sus mecanismos de coordinación, procedimientos operativos y planes sectoriales de preparación, prevención y respuesta ante escenarios de sequía meteorológica y agrícola, priorizando la adopción de medidas preventivas y acciones anticipatorias en los territorios que presenten mayores niveles de exposición, vulnerabilidad y riesgo.

Asimismo, deberán establecer y mantener mecanismos de seguimiento, evaluación y comunicación permanente de las posibles afectaciones derivadas del déficit hídrico sobre:

  1. La población, con especial atención a grupos y comunidades en condiciones de mayor vulnerabilidad;
  2. La disponibilidad, acceso y abastecimiento del recurso hídrico para consumo humano y usos prioritarios;
  3. La producción agrícola y pecuaria, incluyendo cultivos, ganado y otros sistemas productivos;
  4. Los medios de vida de la población, particularmente aquellos dependientes de actividades agropecuarias; y
  5. La seguridad alimentaria y las necesidades prioritarias de asistencia.

La información generada deberá ser comunicada oportunamente a las instancias correspondientes del Sistema Nacional, a fin de facilitar la toma de decisiones, la priorización territorial de intervenciones y la activación oportuna de las medidas que correspondan de acuerdo con la evolución de las condiciones.

  1. Seguimiento y revisión

La presente declaratoria será objeto de seguimiento y evaluación técnica permanente, con base en el monitoreo continuo de las condiciones hidrometeorológicas, agroclimáticas, hidrológicas, sanitarias e higiene y de sus posibles impactos sobre la población y los medios de vida; pudiendo ser modificada, ampliada, prorrogada o dejada sin efecto, conforme a la evolución de los escenarios de riesgo, niveles de afectación y criterios técnicos emitidos por las instituciones competentes del Sistema Nacional de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Declaratoria de Alerta Roja entrará en vigencia a partir de la fecha de su emisión y permanecerá vigente mientras no se publique lo contrario.

 

 

 

 

 

 

 

San Salvador, martes 25 de agosto de 2026

Centro de Operaciones de Emergencia Nacional: 2281-0888

Cuerpo de Bomberos de El Salvador 913 | 2527-7300

 

Publicado el 25-08-2026.

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