El Secretario para Asuntos de Vulnerabilidad y Director General de Protección Civil, Lic. Jorge Meléndez, considerando, considerando:
A.- El pronóstico y el Informe Especial N° 2 del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales sobre la velocidad de los vientos, que determina un frente frío, ubicado desde las Bermudas hasta Belice, impulsado por una Alta Presión de 1033 milibares en el Este de Florida, el cual orienta la cuña Anticiclónica hacia Guatemala, Honduras y El Salvador, generando «Vientos Nortes», moderados y ocasionalmente fuertes, con velocidad de 20 a 30 Kilómetros por hora y ráfagas ocasionales de 40 a 60 Kilómetros por hora.
B- La existencia del Decreto Ejecutivo del Ministerio de Medio Ambiente, sobre la prohibición de realizar quemas agrícolas cuando haya “Vientos Fuertes” durante la época seca;
C.- La Ley Agrícola, que establece en su Artículos 95: “…En ningún caso podrá darse fuego en lugares que estén cerca de estanques de gasolina y materias inflamables, y cuando hiciere viento fuerte; y si ya hubiere comenzado la quema cuando empiece a soplar con fuerza, se procurará suspender o aislar inmediatamente el fuego…”, y 96: “… Los que infringieren cualquiera de las disposiciones anteriores serán castigados conforme a lo dispuesto en el Código Penal e indemnizará todo daño o perjuicio que causare. Si hubiere malicia, serán juzgados como autores del delito de incendio o tentativa del mismo”;
Por las consideraciones anteriores, emite la presente ADVERTENCIA para evitar que se generen ni propaguen incendios.
Para garantizar que no se generen incendios, la opción más apropiada es que no se realice ningún tipo de quema, ni de basura, ni de rastrojos, ni de cultivo de caña, ni fogatas. En razón de lo anterior, se pide a la población que muestre una conducta de responsabilidad; y a las autoridades municipales, a las autoridades del Ministerio de Agricultura, del Ministerio Medio Ambiente, de la Policía Nacional Civil y a las Comisiones Comunales de Protección Civil, mantener la vigilancia para procurar que no haya personas que realicen fuego durante la presencia de vientos fuertes y proceder a que se extinga de inmediato cualquier fuego que se genere.
Se prevé que la temperatura ambiente disminuya durante la madrugada principalmente en zonas altas y montañosas entre 9 y 12 grados Celsius (°C) y en los valles interiores entre los 16°C y 18 °C; por lo cual deberá garantizarse abrigar a niños y adultos mayores. Se les pide a los gobiernos municipales, que en la medida de lo posible ofrezcan refugio y/o frazada a los indigentes en caso necesario.
San Salvador, viernes 5 de febrero de 2016
Ante cualquier situación de emergencia, comunicarse con las autoridades correspondientes
Centro de Operaciones de Emergencia Nacional: 2281-0888 / 2201-2424 / Fax: 2201-2409
Cuerpo de Bomberos de El Salvador: 913
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