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Ampliacion a la Declaratoria de Alerta Nacional Estratificada por Dengue y Casos Sospechosos de Chikungunya
Jueves 9 de octubre 2014 / 9:00 a.m.
El Secretario para Asuntos de Vulnerabilidad y Director General de Protección Civil, Lic. Jorge Antonio Meléndez, con base al informe técnico del Ministerio de Salud y a partir de las reuniones preparatorias de la Fase Uno, se ha establecido una serie de aspectos que deben ser atendidos en el desarrollo de la Cuarta Jornada Nacional contra el Dengue y la Chikungunya; en ese orden se amplía la declaratoria de la Alerta Nacional estratificada por Dengue y casos sospechosos de Chikungunya, emitida el 18 de septiembre, con los siguientes términos:
1. Llanterías al aire libre
Todo propietario de llanterías que se encuentren a la intemperie, deberá asegurarse de evitar estancamientos de agua y eliminar criaderos potenciales de zancudos, cubriéndolas y fumigar con insecticida por su cuenta.
2. Inservibles voluminosos
Todo propietario de artículos inservibles voluminosos que se encuentren a la intemperie, deberá asegurarse de evitar estancamientos de agua y eliminar criaderos potenciales de zancudos, cubriendo estos inservibles y fumigar con insecticida por su cuenta.
3. Chatarreras Particulares
Todo el propietario de partes de vehículos usados que se encuentren a la intemperie, deberá asegurarse de evitar estancamientos de agua y eliminar criaderos potenciales de zancudos, cubriéndolos y fumigar con insecticida por su cuenta.
4. Centros de Resguardo y Custodia de Vehículos
La PNC responsable de los Centros de Resguardo y Custodia de Vehículos Decomisados, que se encuentran a la intemperie, deberá asegurarse de evitar estancamientos de agua y eliminar criaderos potenciales de zancudos, cubriéndolos, y fumigar con insecticida por su cuenta.
5. Talleres de reparación de vehículos
Todo el propietario de talleres de reparación de vehículos que mantienen chatarra, llantas o cualquier otro tipo de objeto que pueda captar agua, que se encuentren a la intemperie, deberá asegurarse de eliminar los criaderos potenciales de zancudos, cubriéndolos y fumigar con insecticida por su cuenta.
6. Participación de la Empresa Privada
Los propietarios de empresas privadas deberán eliminar los criaderos de zancudos de sus instalaciones. La ejecución de estas acciones está bajo la responsabilidad de los Comités de Higiene y Seguridad Ocupacional.
7. Negocios informales
Las Comisiones Municipales de Protección Civil, deberán constituir equipos para inspeccionar los negocios informales, con el propósito de identificar y eliminar los criaderos de zancudo.
- Se solicita a las gremiales empresariales que orienten a sus socios en la implementación de las acciones para eliminar el zancudo transmisor del Dengue y la Chikungunya,
- Se solicita a los Jueces de Paz apoyar con las diligencias necesarias para abrir aquellas casas que se encuentren deshabitadas o abandonadas, para que previo a la inspección se realicen acciones de eliminación de criaderos de zancudos,
- Se solicita a los medios de comunicación que se mantengan pendientes de toda información que emita esta Dirección, para efectos de divulgarla a toda la población nacional.
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Centro de Operaciones de Emergencia Nacional 2281-0888
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